miércoles, 28 de agosto de 2013

Efectos del Aporte de los Trabajadores Independientes en la Economía



La Ley N° 29903- Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones (19-07-2012), el Reglamento de Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones, aprobado por el D.S. N° 068-2013-EF del 03-04-2013 y las Normas reglamentarias para la afiliación de los trabajadores independientes al Sistema Nacional de Pensiones aprobado por D.S. N° 166-2013-EF del 07-07-2013, toda esta normativa, ha generado una serie de problemas y controversias en el mercado laboral y es posible que informalice aún más el país en temas laborales, dicho decreto entró en vigencia el 01-08-2013. 

En dicha Ley estipula que esta obligados a aportar al Sistema Privado de Pensiones (AFP), o al Oficina de Normalización Previsional (ONP), los trabajadores independientes que perciban rentas de 4ta y 5ta categoría, los trabajadores independientes que no superen los cuarenta (40) años de edad a partir del 01-08-2013 y los ingresos obtenidos por el trabajo prestado en forma independiente con contratos de prestación de servicios normados por la legislación civil. El aporte será obligatorio y gradual, es decir, los trabajadores que perciban entre S/. 750 y S/. 1,125 aportarán el 5% a 7%, hasta finalizar el año 2014; el año 2015, aportarán el 10%; a partir del año 2016, aportarán el 13% de su remuneración, por lo que si un trabajador gana S/. 1,500 aportará S/. 195 a la AFP u ONP (ello estará en función al sistema al que se afilie ya sea AFP u ONP).

Es decir, si un trabajador que tiene ingresos con recibos por honorarios por más de S/. 750 (Remuneración Mínima Vital- RMV) y que aún no pasa los 40 años de edad o nació el (01/08/1973), estará obligado a aportar a un sistema de pensiones ya sea AFP o ONP. De igual manera los trabajadores que tienen un trabajo dependiente con una empresa y está en planilla, también deben aportar como independiente y si ya está en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), su aporte lo hará a la AFP en la que está afiliado, es decir, tendrá una sola cuenta individual. Los nuevos deberán hacerlo con HABITAT, tal como lo mencionamos en un artículo anterior.

Si un trabajador gana menos de S/.1,125.00 aportará el 5% a la AFP y el 7% a la ONP, pero si sus ingresos son mayores a tal monto, aportará el 13%, y si un trabajador independiente gana S/. 750.00 deberá aportar S/. 37.5 a la AFP y S/. 52.5 más la comisión a la ONP (por la administración de su fondo de pensiones) y el seguro respectivo, y si gana menos de S/. 750.00 no aportará a la AFP ni a la ONP.

El aporte pensionario de los independientes rige desde este mes; por lo tanto, si va a emitir un recibo por honorarios, la empresa con la que tiene relación (agente de retención de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria) deberá hacer el respectivo descuento, detallándolo en el reverso del documento de forma manual, es decir, no necesitará imprimir nuevos recibos, en caso desee cambiar los recibos por honorarios, deberán incorporar en dicho recibo el ítem descuento por pensiones (AFP o ONP), aparte del impuesto a la renta (IR).

Estos problemas que se ha generado en el sistema de aportes, puede informalizar aún más el mercado laboral, y ocasionar problemas en la economía, ya que existirá menos dinero en el mercado, por lo que el factor consumo de las familias disminuirá y por ende el dinamismo económico, que ya está afectando a la economía peruana por efecto contagio de la crisis financiera internacional. Por lo que los trabajadores se resistirán a aportar y buscarán los medios para sacarle la vuelta a la Ley, y veamos cómo lo pueden hacer. Si un trabajador gana S/. 1,000.00 y quiere sacarle la vuelta a la Ley, puede emitir dos recibos por honorarios fraccionados, por un mismo sueldo, solo tendrá que visitar mensualmente a la AFP o a la SUNAT para hacer su declaración de ingresos. Otra modalidad que aplicarán los trabajadores independientes y que realizan actividades temporales, en muchas oportunidades solo trabajan de 3 a 4 meses al año, y si trabajan más tiempo lo hacen en varias empresas, las mismas que fijan su remuneración por debajo de sus capacitadas por el exceso de oferta laboral que existe, buscarán la forma que sus empleadores les paguen sin que ellos emitan recibo por honorarios, o se puede dar el caso de que algunos trabajadores busquen facturas a nombre de la empresa en la que están laborando, para que en base a ello cancelen sus honorarios, es decir, los trabajadores informales que tienen escasas oportunidades laborales buscarán la forma de no aportar a la AFP o ONP, ya que necesitan liquidez para sobrevivir, ello debido a que no tienen una remuneración fija, segura, sino temporal.

Amigo lector, si desea elegir en cuál de los dos sistemas afiliarse lea el artículo: ¿Qué comisión de AFP Elegir, por Sueldo o por Saldo?...









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